Los Colegios Profesionales
Leo en la prensa: “Ciudadanos aboga por la colegiación obligatoria de los médicos de la Región” (La Opinión, 25/11/2020). Leído, así, en titular, podría parecer que Murcia es la única autonomía que no exige la colegiación para el desarrollo de la profesión sanitaria en su totalidad. Pero nada más lejos de esta interpretación, ya que –leyendo entre líneas- se percata uno de que este hecho solamente incumbe al personal del Servicio Murciano de Salud. Es decir, al personal funcionario, ya que el resto de la profesión sí que está sujeto a la colegiación obligatoria.
Una
decisión (la defensa de la colegiación obligatoria) que me ha extrañado, al
venir de la mano de un partido –Ciudadanos-
que se autoproclama como liberal y
se le supone una composición genética alejada de la defensa del corporativismo
y de los corsés estructurales que pretendan coartar el libre ejercicio de una
profesión.
En España tenemos una longeva tradición corporativista y
proteccionista, y buena prueba de ello es la subsistencia de determinadas
entidades y organizaciones que, como los Colegios
Profesionales, son –en algunos casos- instituciones decimonónicas, cuya labor
–en ocasiones- no responde a la realidad profesional que hoy demandan quienes
pretenden alcanzar un mayor grado de competitividad y eficacia. Sobre todo, en
lo referente a la colegiación obligatoria que, en algunos casos, todavía se
exige para el ejercicio de determinadas profesiones.
La Unión Europea está en
contra de este tipo de agrupaciones que, al socaire de un mejor ejercicio
profesional y de la salvaguarda de los derechos de los consumidores, pretenden
ser meros chiringuitos monopolísticos que coartan el ejercicio de estos
profesionales. No tengo nada en contra
de la existencia de la colegiación ni de la existencia de cualquier tipo de
organización profesional, más bien al contrario; pero en lo que no estoy de
acuerdo es en la obligación de afiliarse para ejercer uno su profesión. Una
vieja costumbre que nos hace rememorar viejos hábitos olvidados, derivados de la
época de los Sindicatos Verticales. Lo mismo ocurrió con las Cámaras de Comercio, ¿se acuerdan ustedes? La cuota era obligatoria
para todas las empresas, sin excepción; hasta que llegó un día en que esta
situación no se soportaba y la UE
nos obligó a reconsiderarlo.
Los Colegios Profesionales nacieron con la
vocación de prestar el mejor servicio a los ciudadanos y velar por la ética y
la deontología profesional como señas de identidad. Sin embargo, en algunos
casos se han convertido en meras asociaciones corporativas, que prestan más
atención a resolver problemas de los asociados y se olvidan de esos mismos
ciudadanos a los que pretende ‘proteger’. Un hecho que, por otra parte, los propios profesionales han criticado
en ocasiones, reconociendo la imagen clasista que estos transmiten a la sociedad.
En su momento, el Parlamento
Europeo aprobó (en 2006) una directiva, a través de la cual se
identificaron un total de noventa barreras a la competencia que, los
diversos países, deberían erradicar de sus respectivas legislaciones. Esto dio
como consecuencia la aprobación en España, en diciembre de 2009, de lo
que se denominó como la Ley ómnibus. Una Ley que modificó
sustancialmente un buen número de normas y preceptos legislativos, reduciendo
de 89 a 38, las profesiones que requerían la colegiación obligatoria, con lo
que se trataba de armonizar estas normativas a lo que, en la mayoría de países
europeos, está establecido.
Un paso decisivo, aunque no definitivo, en la línea marcada
por Bruselas relativa a la liberalización de los diversos sectores profesionales.
Y algo que, sin duda, produce una cierta preocupación entre los responsables de
estas organizaciones colegiales, quienes ven un peligro para la subsistencia de
estas, sin el seguro que les proporciona la obligatoriedad de asociación.
Como ya he referido, igual pasó con las Cámaras de Comercio, y –sin embargo- estas han sabido reconvertirse
y aportar una serie de servicios que han hecho atractiva la pertenencia a estas
corporaciones, satisfaciendo las cuotas -eso sí, ahora voluntarias-. Una medida
que las ha dotado de una mayor credibilidad, así como de un mayor fortaleciendo
de la imagen de estas entidades.
Soy consciente que en algunas profesiones (abogacía,
sanitarias y algunas técnicas) es difícil prescindir de la colegiación
obligatoria, más por inercia y tradición que por los beneficios que se
produzcan a través de la propia afiliación. Se necesita que transcurra un
tiempo para que la mentalidad de la sociedad sea capaz de entender que la
profesionalidad, la ética, la moral o cualquier otra cualidad u obligación que
se precise ejercer desde una profesión liberal, no precisan de ninguna tutela
asociativa que les dirija ética y profesinalmente.
La mera obtención de una titulación debe capacitar
suficientemente para el ejercicio de una profesión determinada. Y para velar y
corregir las desviaciones que se pudieran producir, o sancionar la transgresión
de cualquier tipo de norma o precepto, para eso ya está la legislación
ordinaria, más que suficiente para la preservación de la legalidad y para
conseguir el más pulcro cumplimiento de las reglas establecidas.
Es un concepto liberal que, reconozco, va a costar
establecerlo; pero al que no deberíamos renunciar, en aras a dotarnos de una
mayor responsabilidad y libertad en el ejercicio de la actividad profesional.
Al menos, esa es mi opinión y…, sin ánimo de polemizar, así
lo expreso.
Jesús Norberto Galindo // Jesusn.galindo@hotmail.com
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